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Alquiler vacacional: factores a tener en cuenta

[vc_row][vc_column][vc_single_image image=»19239″ img_size=»full» alignment=»center»][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column width=»1/4″][/vc_column][vc_column width=»1/4″][vc_column_text]

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ALQUILER VACACIONAL: COSAS A TENER EN CUENTA POR PROPIETARIO Y TURISTA

En  verano, sobretodo, y el resto del año también,  millones de españoles y extranjeros pasan sus vacaciones en una vivienda del alquiler turístico en España. Sin embargo, para que la experiencia sea satisfactoria, tanto para arrendadores como para turistas, es necesario tener observar unos factores que van de la legislación a la fiscalidad de este tipo de arrendamiento, incluyendo las garantías que se deben ofrecer a los consumidores.

Vemos los puntos más reseñables al respecto de este tema:

¿Qué es una vivienda vacacional y cómo se alquila legalmente?

Muchas personas tienen una vivienda que no utilizan habitualmente y no quieren alquilar a largo plazo, por lo que deciden hacerlo de forma ocasional o más asiduamente, a turistas.  Para alquilarla legalmente primero debes informarte de la normativa en tu Comunidad Autónoma. Lo más importante y para no tener problemas hay que obtener la licencia para poder alquilar de esta manera y después  prepara la casa para que los turistas se sientan como en su propio hogar. Y recuerda que todos los ingresos que recibas tienes que incluirlos en la declaración de la renta.

Así mismo, los turistas deben cerciorarse de que la vivienda que alquilan de esta manera tengan su licencia correspondiente, si no se podrían encontrar con un problema una vez estén instalados.

Consejos a los turistas que quieran alquilar este tipo de vivienda

Además del anterior comentario en el que aconsejamos que se cercioren de que el propietario de la vivienda posea una licencia para arrendar la vivienda de esta manera, también aconsejaríamos a los turistas otras cuestiones para no tener problemas y tener una estancia de vacaciones sin sobresaltos, tales como exigir un contrato de alquiler por escrito o un anexo adjunto al mismo del inventario con todo el mobiliario y enseres que posee la vivienda, y por supuesto comprobarlo al tomar la posesión de la misma.

También se aconseja por seguridad, al ver los anuncios por internet, el comprobar los datos del anunciante, tener cuidado con la forma de pago y asegurarse de cómo y cuándo se entregan las llaves.

Las normas que regulan el alquiler vacacional en las Comunidades Autónomas son las siguientes:

Desde 2013 que se modificó la Ley de Arrendamientos Urbanos, que quedó fuera a las viviendas dedicadas al alquiler vacacional, y  las Comunidades Autónomas han establecido nuevas normativas al dictado del ‘lobby’ hotelero. Sin embargo, Competencia ya ha denunciado las legislaciones de Madrid y Canarias. Además, en Cataluña  también se muestran en contra del proyecto de Ley previsto por la Generalitat. Y parece ser que otras comunidades seguirán este mismo camino.[/vc_column_text][vc_row_inner][vc_column_inner width=»1/2″][vc_single_image image=»19240″ img_size=»large»][/vc_column_inner][vc_column_inner width=»1/2″][vc_column_text]Declarar a Hacienda cuando alquilas tu vivienda a turistas

Las rentas recibidas por esta actividad tendrás que declararlas como «rendimientos de capital inmobiliario», siempre que no prestes servicios propios de la industria hotelera. El rendimiento neto que  tributa es el total de quitar  a los ingresos generales los gastos necesarios para obtenerlos. Además, es necesario diferenciar dos períodos de tributación diferenciados: el tiempo en el que la vivienda está alquilada y el período en el que la vivienda está libre para el propietario.

Al alquilar tu vivienda por una plataforma en internet y no declararlo podrás recibir esta ‘amistosa’ carta de Hacienda

[/vc_column_text][/vc_column_inner][/vc_row_inner][vc_column_text]“De los datos que figuran a disposición de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se deduce que ha sido destinatario de ingresos por alquiler de inmuebles intermediados por plataformas electrónicas….etc, etc…”. Este es el comienzo de la carta que manda Hacienda a muchos propietarios que han tenido su vivienda alquilada a turistas a través de algunas plataformas que ofrecen viviendas vacacionales en internet entre los años 2011 y 2015. Y está claro que si quieres alquilar de esta manera tendrás que promocionar la vivienda en internet.

¿Qué puedo hacer si me inspecciona hacienda por haber alquilado un apartamento turístico?

La Agencia Tributaria ha comenzado una campaña con el fin de sacar a la luz el dinero no declarado proveniente del alquiler vacacional. Pues es sencillo, con tener toda la documentación en regla y acreditar la normativa vigente evitaras las posibles multas.

[/vc_column_text][vc_row_inner][vc_column_inner width=»1/2″][vc_column_text]‘home staging’ es la forma de alquilar mejor y más tu vivienda de alquiler vacacional

Este concepto americano es la base para obtener un mejor rendimiento en este tipo de alquiler, aunque cada vez  se utiliza más en alquiler a largo plazo también, es más desde Italyca Inmobiliaria lo aconsejamos siempre a nuestros clientes. ¿Y que és?…..Pues no es más que embellecer y dar un tono de calidez y calidad a la vivienda, con el mobiliario principalmente. Estamos acostumbrados en España a llevar a estas viviendas los muebles o cosas que no utilizamos nosotros en casa, y esto es un error, ya que se convierte la vivienda en un rompecabezas sin sentido. Pierde un poco de tiempo e invierte un poco de dinero en decorar y hacer que los inquilinos se sientan como en su casa, no te arrepentirás y amortizaras la inversión rápidamente. Con estas técnicas es posible incrementar la renta en más de 100 euros mensuales y alcanzar una ocupación anual que se aproxime al 100%.[/vc_column_text][/vc_column_inner][vc_column_inner width=»1/2″][vc_single_image image=»19241″ img_size=»large»][/vc_column_inner][/vc_row_inner][vc_column_text]¿Quién es responsable de los daños que produzcan los inquilinos en la comunidad en el alquiler vacacional?

En este tipo de arrendamiento hay dos relaciones jurídicas distintas:  inquilinos con el propietario y propietario con la comunidad. Hay que tener muy en cuenta tanto por unos como por otros, que todos los daños o desperfectos en las zonas comunitarias serán responsabilidad del propietario de la vivienda, pudiendo la comunidad estar legitimada para reclamarle la reparación de los desperfectos. Así que mucho cuidado con a quienes alquilas la vivienda en esta modalidad, podrías tener unos gastos adicionales importantes que no esperas.

Se quiere prohibir alquilar de esta manera, el lobby hotelero contra el alquiler vacacional

Desde 2013 que el gobierno cambiara la regulación del alquiler vacacional, algunas comunidades autónomas, como Baleares, han puesto muchas trabas hasta prácticamente prohibir esta forma de alquiler, empujados por el sector hotelero. A esto se opone el derecho de propiedad que está recogido en la constitución española y que supone un sustento para muchas familias en estos tiempos de crisis. Un conflicto que sigue latente y que puede hacer cambiar todavía este tipo de arrendamiento en algunas comunidades autónomas, aunque quien sabe si se convertirá en una cuestión de Estado nuevamente en el futuro, aplicando más restricciones al asunto.

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